Dependiendo de las fuentes consultadas, entre un 10% y un 30% del PIB mundial se encuentra “escondido” en paraísos fiscales, jurisdicciones caracterizadas por tener una baja o nula tributación, y donde esa riqueza queda fuera del radar fiscal de las autoridades competentes.
Definir que es un paraíso fiscal es un tema muy complejo, ya que cada Estado cuenta con su propia definición. En el caso de España, la legislación puntualiza que serán paraísos fiscales aquellos territorios que se determinen reglamentariamente, sin especificar qué características tienen en común.
La Real Academia Española de la Lengua describe un paraíso fiscal como un “país o territorio donde la ausencia o parvedad de impuestos y controles financieros aplicables a los extranjeros residentes constituye un eficaz incentivo para atraer capitales del exterior”. Esta definición, aunque muy genérica, nos ayuda a entender alguna de las características que distinguen a un paraíso fiscal.
Para una mejor comprensión, conviene citar los criterios incluidos en el informe de 1998 de la OCDE denominado “Competencia fiscal perjudicial: Un problema global”, que permiten identificar un paraíso fiscal:
- La baja o nula tributación de impuestos para las rentas generadas por actividades económicas.
- El escaso intercambio efectivo de información de trascendencia fiscal con otros países, debido a una legislación y a unas prácticas administrativas basadas en reglas de confidencialidad.
- La falta de transparencia en la aplicación de las normas administrativas o legislativas.
- La no exigencia de actividad real a personas, ya sean físicas o jurídicas, domiciliadas en su territorio, para atraer así inversiones por razones simplemente tributarias.
Los criterios de la OCDE para identificar un paraíso fiscal han variado notablemente desde entonces como resultado de la presión ejercida por los Estados miembros que la componen. Los intereses económicos de sus integrantes pesan más que su interés por configurar una lista negra de jurisdicciones de este tipo.
Prueba de esto es que la OCDE, en el año 2000, identificó como paraísos fiscales a 35 jurisdicciones en base a los criterios anteriores. Fruto de la presión a la que esta organización se ve sometida por sus miembros, ha ido suavizando los criterios que permiten identificar un paraíso fiscal, con el resultado de la eliminación de numerosas jurisdicciones de esa lista inicial, hasta tal punto que en la actualidad solo identifica como paraísos fiscales a 2 países, Nairu y Niue.
Por su parte, la Unión Europea tiene su propia lista de paraísos fiscales y sus propios criterios para identificarlos. Estos criterios, al igual ha sucedido con los de la OCDE se han ido suavizando al verse sometidos a la presión de los Estados Miembros, provocando que la lista inicial de paraísos fiscales haya sido reducida hasta alcanzar la cifra de 17 jurisdicciones, por supuesto, ninguna de ellas en Europa. Los criterios para la inclusión de estos territorios en esta lista negra, se han basado en la transparencia, la equidad fiscal y participación en foros internacionales anti-evasión.
Como ya hemos dicho anteriormente, la legislación española no expone las características que ha de reunir una jurisdicción para que sea considerada como un paraíso fiscal, pero si identifica los territorios que lo son. El Real Decreto 1080/1991 identificaba 48 jurisdicciones como paraísos fiscales.
España es miembro de la OCDE desde su creación en 1961, y de la Unión Europea desde 1986, y como tal, influye y es influido por las corrientes de pensamiento de estas instituciones. En este sentido, en 2003, un cambio en la legislación española informa que las jurisdicciones con la consideración de paraíso fiscal, que firmen con España un Convenio para evitar la doble imposición (CDI) con cláusula de intercambio de información, o que firmen un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria en el que expresamente se establezca que dejan de tener dicha consideración, dejarán de tener la consideración de paraíso fiscal desde el momento en que estos convenios o acuerdos se apliquen.
Esto supone que, de la lista de 48 jurisdicciones consideradas inicialmente como paraíso fiscal por la legislación española, ya han desaparecido varias de la lista al haber firmado con España los convenios o acuerdos previamente citados. En la actualidad, para que uno de los territorios que aún se consideran paraísos fiscales deje de serlo, ya no basta con suscribir los acuerdos o convenios pertinentes, sino que la salida de la lista ha de ser realizada de forma
expresa.
Resulta difícil cuantificar la cantidad de dinero que se esconde en los paraísos fiscales, ya que precisamente esa opacidad es una de las características fundamentales de los paraísos. Por ejemplo, según cifras del Nacional Bureau of Economic Research (NBER) de Estados Unidos, los españoles ocultan en paraísos fiscales aproximadamente 140.000 millones de euros, lo que supondría un en torno a un 12% del PIB.
Aunque el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) da por buenas las cifras, conviene dejar claro que la lista de jurisdicciones consideradas paraísos fiscales por EEUU es distinta de la lista española.
Por otro lado, un informe de OXFAM informa que en el último año “uno de cada cuatro euros de inversión española va dirigida hacia un paraíso fiscal y más de la mitad (54%) de la inversión extranjera que entra en España proviene de territorios opacos”. De hecho, prueba de ello es que las empresas del Ibex 35, principal índice bursátil de referencia de la bolsa española, disponen de un total de 1.285 filiales domiciliadas en centros financieros offshore, que es el nombre con el que los paraísos fiscales quieren ser conocidos.
TAX JUSTICE NETWORK, organización internacional preocupada por la evasión de impuestos, la competencia fiscal y los paraísos fiscales, acaba de elaborar un ranking de opacidad financiera, en el que se incluyen 112 jurisdicciones de todo el mundo.
Suiza lidera este ranking, seguido de EEUU y de las Islas Caimán. España por su parte, ha subido 14 puestos en tan solo 3 años, colocándose en el puesto 52, lo que supone una pérdida de transparencia financiera y por lo tanto un acercamiento al comportamiento de un paraíso fiscal.
España, aunque forme parte de organizaciones internacionales concienciadas con la problemática que suponen los paraísos fiscales, tiene todavía un largo camino por recorrer hasta alcanzar una madurez e integridad económica que le permita decidir libremente y en base a unos criterios neutros, objetivos y consecuentes, que jurisdicciones considera como paraísos fiscales, sin que sus intereses económicos le hagan cambiar de parecer a conveniencia.